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Cuentas a la vista

Me han despedido: ¿cuánto me corresponde?

Indemnización, finiquito, paro y plazos.

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¿Vienes del vídeo? 3 años y 24.000 € al año

¿Qué pone tu carta?

Sale el improcedente y, al lado, el objetivo.

Mira la «fecha de efectos» de la carta.

Mira «Total devengado» en una nómina normal.

Te debe la empresa (bruto)

— €

Pon tus fechas y tu sueldo: aquí sale lo que te toca y hasta cuándo puedes reclamar.

    Cifras de 2026 · revisadas el 04/11/2026

    Afinar el cálculoVacaciones, pagas, hijos, festivos de tu comunidad…

    Días naturales. Se pagan en el finiquito y retrasan el plazo del paro.

    ¿Cobras 15 o 16 pagas?

    Lo dice tu convenio. Si no lo sabes, deja la primera, que es la más habitual.

    Si lo dejas vacío, se cuentan solo los días en esta empresa. El dato exacto está en tu vida laboral. No cuentan los días que ya usaste para otro paro.

    En la nómina: «base de contingencias profesionales» o «desempleo». Si no la sabes, déjalo vacío.

    Hijos a cargo

    Menores de 26 años (o mayores con discapacidad) que vivan contigo y no ganen más que el salario mínimo. Suben el tope del paro.

    Jornada

    Sus festivos no cuentan como días hábiles (calendario del BOE de 2026 y 2027).

    Las dos fiestas de tu municipio no salen en el BOE. Añádelas si caen dentro del plazo.

      Se guardan solo en este dispositivo, nunca en un servidor. Si desmarcas la casilla, se borran.

      Qué hacer ahora

      Ordenado por fecha. Con tus fechas, aquí salen los días exactos.

      1. Al firmar

        Si no estás de acuerdo, firma «no conforme»

        Escribe «recibido, no conforme» junto a tu firma del finiquito: cobras lo que te dan y puedes reclamar el resto. Puedes pedir que esté delante un representante de los trabajadores.

      2. 15 días hábiles

        Pide el paro

        15 días hábiles desde el día siguiente al último día de trabajo. Si lo pides tarde, pierdes los días de retraso.

        Cómo se pide en el SEPE
      3. 20 días hábiles

        Presenta la papeleta de conciliación

        Si no estás de acuerdo con el despido. Es el primer paso para reclamar, y al presentarla se para el reloj de los 20 días hábiles. No apures el último día.

        Dónde y cómo se presenta
      4. 1 año

        Reclama el finiquito si no te lo pagan

        Tienes un año. La papeleta o una reclamación por escrito paran el reloj.

      5. Siempre

        Guarda la carta, el contrato y las nóminas

        Y descarga tu vida laboral: prueban tus fechas y tu sueldo.

        Descarga tu vida laboral

      El desglose completo

      Cuentas a la vistaTique · Me han despedido

      Cuando pongas tus datos, aquí verás cada cifra con su cálculo y su fuente.

      Estimación orientativa · cifras revisadas el 04/11/2026

      Preguntas frecuentes

      ¿Cuánto me corresponde si me despiden?

      Depende del tipo de despido. Improcedente: 33 días de sueldo por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (45 días por año por el tiempo anterior al 12/02/2012). Objetivo: 20 días por año, con un máximo de 12 mensualidades. Disciplinario declarado procedente: nada. Además, siempre te toca el finiquito: los días trabajados del mes, las vacaciones que no has disfrutado y la parte de las pagas extra.

      ¿Cuántos días tengo para reclamar un despido?

      20 días hábiles, contados desde el día siguiente al despido (Estatuto de los Trabajadores, art. 59.3). No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos; en los despidos, agosto y los días de Navidad sí cuentan. Es un plazo de caducidad: si se pasa, ya no se puede reclamar. La papeleta de conciliación lo para hasta que se celebra el acto.

      ¿Y si no me han dado carta de despido?

      El despido tiene que comunicarse por escrito, con los hechos y la fecha en que tiene efectos. Si no se hace así, es improcedente (Estatuto de los Trabajadores, art. 55.1 y 55.4). Reclama igual en los 20 días hábiles: cuentan desde el día que te despidieron.

      ¿Qué entra en el finiquito?

      El sueldo de los días trabajados del último mes, las vacaciones que te quedan sin disfrutar y la parte de las pagas extra que llevas generada si no van prorrateadas en la nómina. En el despido objetivo, también los días de preaviso que no te dieron. Si no estás de acuerdo con las cifras, puedes firmarlo como «recibido, no conforme».

      ¿Cobro el paro si me despiden por un despido disciplinario?

      Sí. La ley da derecho al paro «por despido», sin distinguir el tipo (Ley General de la Seguridad Social, art. 267). Hacen falta al menos 360 días cotizados en los últimos 6 años. Lo que no da paro es irte por tu cuenta, salvo casos como el autodespido.

      ¿Cuánto paro me corresponde en 2026?

      El 70 % de tu base reguladora los 180 primeros días y el 60 % desde el día 181. En 2026 cobras como mínimo 560 € al mes (749 € con hijos a cargo) y como máximo 1.225 € sin hijos, 1.400 € con uno y 1.575 € con dos o más. Dura de 120 a 720 días según lo que hayas cotizado en los últimos 6 años.

      ¿Cuándo tengo que pedir el paro?

      En los 15 días hábiles siguientes al despido. Si en el finiquito te pagan vacaciones que no has disfrutado, primero pasan esos días y luego empiezan los 15. Si lo pides tarde no lo pierdes, pero pierdes los días de retraso.

      ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar el finiquito si no me lo pagan?

      Un año desde el fin del contrato (Estatuto de los Trabajadores, art. 59). La papeleta de conciliación o una reclamación por escrito interrumpen ese plazo.

      Para comparar: la calculadora de indemnizaciones del CGPJ y el simulador de prestaciones del SEPE.

      Casos de los vídeos

      Fuentes oficiales y fecha de cada cifraRevisadas el 4 de noviembre de 2026
      1. ET, art. 56.1Redacción de 2015, sin cambios a 4/11/2026

        Despido improcedente: 33 días de salario por año, prorrateando por meses, con un máximo de 24 mensualidades.

      2. ET, disp. transitoria 11.ªRedacción de 2015, sin cambios a 4/11/2026

        Contratos de antes del 12/02/2012: 45 días por año hasta el 11/02/2012 y 33 días desde entonces; máximo 720 días, salvo que lo generado antes de 2012 ya fuera mayor (con un máximo de 42 mensualidades).

      3. ET, art. 53.1 y 53.4Versión vigente desde el 3/04/2025

        Despido objetivo: 20 días por año, prorrateando por meses, con un máximo de 12 mensualidades, y 15 días de preaviso. Si no hay preaviso, la empresa paga los salarios de esos días.

      4. ET, art. 49.1.c) y disp. transitoria 8.ªVersión vigente desde el 1/05/2025

        Fin de contrato temporal: 12 días por año, en proporción a los días trabajados (8 a 11 días si el contrato es de 2011 a 2014). Sin indemnización en los contratos formativos ni en los de sustitución.

      5. ET, art. 55.7Versión vigente desde el 3/04/2025

        Si el despido disciplinario se declara procedente, el contrato se extingue sin indemnización.

      6. ET, art. 55.1 y 55.4Versión vigente desde el 3/04/2025

        El despido se comunica por escrito, con los hechos y la fecha de efectos. Si no se hace así, es improcedente.

      7. CGPJ, guía de cálculo v0.6 (julio de 2026)Versión 0.6, julio de 2026

        Salario diario = salario anual ÷ 365. Cada fracción de mes cuenta como mes entero. Los topes se cuentan a 30 días por mes: 12 meses = 360 días, 24 = 720 y 42 = 1.260 (STS 651/2026, de 9 de julio).

      8. ET, art. 38.1Redacción de 2015, sin cambios a 4/11/2026

        Al menos 30 días naturales de vacaciones al año. Las que no has disfrutado al irte se pagan en el finiquito.

      9. ET, art. 31Redacción de 2015, sin cambios a 4/11/2026

        Dos pagas extra al año como mínimo; el convenio fija cuánto son y puede repartirlas en las 12 nóminas.

      10. ET, art. 49.2Versión vigente desde el 1/05/2025

        Al comunicar el fin del contrato, la empresa tiene que darte una propuesta del finiquito. Puedes firmarlo con un representante de los trabajadores delante.

      11. LGSS, arts. 266 y 267Versión vigente desde el 2/03/2023

        Para cobrar el paro hacen falta 360 días cotizados en los últimos 6 años y estar en situación legal de desempleo: el despido lo es, también el disciplinario, y el fin de un contrato temporal.

      12. LGSS, art. 267Versión vigente desde el 2/03/2023

        Dan paro el despido, el fin de un contrato temporal (también el de sustitución y el formativo) y la extinción por el art. 50 del ET (autodespido). Irte por tu cuenta, no.

      13. LGSS, art. 269.1Versión vigente desde el 23/05/2024

        Duración del paro según los días cotizados en los últimos 6 años: de 360 días cotizados (120 días de paro) a 2.160 o más (720 días).

      14. LGSS, art. 270Apartado 2 en la redacción de la Ley 31/2022, vigente desde el 1/01/2023

        Paro = 70 % de la base reguladora los 180 primeros días y 60 % desde el día 181. Máximo: 175 %, 200 % o 225 % del IPREM (0, 1 o 2+ hijos); mínimo: 80 % o 107 %, con el IPREM mensual más una sexta parte.

      15. SEPE, «Cuantías anuales» (2026)Consultado el 4/11/2026

        IPREM 600 €/mes (Ley 31/2022, presupuestos prorrogados). Paro mínimo: 560 € sin hijos y 749 € con hijos. Máximo: 1.225 €, 1.400 € o 1.575 € (0, 1 o 2+ hijos). Cotización que te descuentan del paro: 4,85 %.

      16. Orden PJC/297/2026, art. 2BOE de 31/03/2026, con efectos desde el 1/01/2026

        Bases de cotización de 2026: máximo 5.101,20 €/mes; mínimo para accidente de trabajo y desempleo, el SMI más una sexta parte (1.424,50 €/mes).

      17. Real Decreto 126/2026 (SMI)BOE de 19/02/2026, con efectos desde el 1/01/2026

        Salario mínimo de 2026: 1.221 € al mes en 14 pagas (17.094 € al año) a jornada completa.

      18. ET, art. 59Redacción de 2015, sin cambios a 4/11/2026

        Contra el despido o el fin de un contrato temporal: 20 días hábiles desde el día siguiente (caducidad; la papeleta de conciliación lo suspende). Para reclamar dinero (finiquito, salarios): 1 año desde el día en que se pudo reclamar.

      19. LRJS, arts. 43.4, 65.1 y 103.1Art. 43.4 en la redacción de la LO 14/2022; art. 103 vigente desde el 20/03/2024

        No cuentan sábados, domingos ni festivos de la sede del juzgado. En los despidos, agosto y del 24 de diciembre al 6 de enero sí cuentan. La papeleta de conciliación suspende el plazo, no lo reinicia.

      20. LRJS, arts. 63, 65.1 y 68.1Art. 65 en la redacción de la LO 1/2025, vigente desde el 3/04/2025

        Antes de demandar hay que intentar la conciliación ante el servicio público de mediación. Presentar la papeleta para el plazo de caducidad, que vuelve a correr al día siguiente del acto o a los 15 días hábiles si no se ha celebrado. Lo acordado se puede ejecutar como una sentencia.

      21. LGSS, art. 268 y Ley 39/2015, art. 30.2Versión vigente desde el 2/03/2023

        El paro se pide en los 15 días hábiles siguientes a quedarte en paro; si te pagan vacaciones no disfrutadas, los 15 días empiezan cuando acaba ese periodo. Si lo pides tarde, pierdes los días de retraso.

      22. BOE, fiestas laborales de 2026 y 2027Publicadas en el BOE

        Resoluciones de la Dirección General de Trabajo de 17/10/2025 (BOE de 28/10/2025) y de 8/10/2026 (BOE de 13/10/2026). No incluyen las fiestas locales.

      23. Ley del IRPF, art. 7.e)Versión vigente desde el 8/10/2026

        La indemnización que fija el Estatuto no paga IRPF, hasta 180.000 €. Si la empresa reconoce la improcedencia, cuenta como legal si se pacta en la conciliación (SMAC) o la fija un juez.